Estados Unidos revisa visas B1/B2 de extranjeros que solicitaron asilo

EE.UU. revisa visas B1/B2 de extranjeros que solicitaron asilo: ¿afecta a quienes cruzan la frontera?

Estados Unidos inició un proceso para identificar visas de no inmigrante de extranjeros que ingresaron al país como visitantes temporales y posteriormente solicitaron asilo. La medida puede resultar de interés para residentes de la frontera que utilizan visas B1/B2 para ingresar regularmente al país.

El gobierno de Estados Unidos mantiene una revisión de visas de no inmigrante como parte de sus acciones de control migratorio.

De acuerdo con información atribuida al Departamento de Estado de Estados Unidos, la dependencia trabaja en coordinación con el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) para identificar a extranjeros que ingresaron al país como visitantes temporales y posteriormente presentaron solicitudes de asilo para permanecer en territorio estadounidense.

Entre los documentos que podrían quedar sujetos a revisión se encuentran las visas B1/B2, utilizadas principalmente para viajes temporales de negocios y turismo.

Para los residentes de Ciudad Juárez que cruzan regularmente hacia El Paso, es importante entender a quién está dirigida la medida y qué situaciones no están incluidas automáticamente.

¿Estados Unidos cancelará 200 mil visas B1/B2?

Reportes periodísticos publicados en Estados Unidos señalan que el universo de documentos sujeto a revisión podría alcanzar aproximadamente 200,000 visas B1/B2 emitidas entre 2016 y 2026.

Sin embargo, esta cifra debe interpretarse con precaución.

No significa que Estados Unidos haya cancelado automáticamente 200,000 visas.

La cifra corresponde al posible universo identificado dentro del proceso de revisión y puede modificarse conforme las autoridades estadounidenses analicen los casos.

Por esta razón, CruceYa no presenta las 200,000 visas como cancelaciones confirmadas.

¿Quiénes podrían verse afectados?

La medida está dirigida principalmente a personas que hayan combinado dos situaciones migratorias:

  1. Ingresaron a Estados Unidos utilizando una visa de no inmigrante, como una B1/B2.
  2. Posteriormente presentaron una solicitud de asilo para permanecer en Estados Unidos.

Las autoridades estadounidenses buscan determinar si corresponde mantener o revocar las visas de no inmigrante asociadas con esas personas.

Esto no significa que todos los titulares de visas B1/B2 estén bajo un proceso de cancelación.

¿Afecta a quienes cruzan de Ciudad Juárez a El Paso?

Hasta el momento, no existe información pública que establezca una cancelación general de visas para las personas que cruzan regularmente entre Ciudad Juárez y El Paso.

Por ejemplo, una persona que utiliza una visa B1/B2 para realizar actividades permitidas por esa categoría —como turismo, compras, visitas familiares o determinados viajes de negocios— no queda automáticamente incluida en esta medida únicamente por cruzar frecuentemente la frontera.

El elemento relevante es si la persona ingresó como visitante temporal y posteriormente presentó una solicitud de asilo en Estados Unidos.

Cada situación migratoria puede ser diferente.

¿Pueden quitar una visa al momento de cruzar?

Una visa estadounidense permite a una persona presentarse en un puerto de entrada y solicitar admisión, pero no garantiza automáticamente el ingreso a Estados Unidos.

Los oficiales de U.S. Customs and Border Protection (CBP) determinan la admisibilidad del viajero durante la inspección migratoria.

Por ello, quienes tengan situaciones migratorias particulares, solicitudes de asilo u otros procedimientos pendientes deben considerar que su caso puede recibir una evaluación diferente.

No es lo mismo que el “turismo de nacimiento”

Esta revisión de visas relacionada con solicitudes de asilo no debe confundirse con las recientes medidas del gobierno estadounidense contra el llamado turismo de nacimiento.

En ese otro proceso, las autoridades estadounidenses buscan identificar situaciones en las que determinen que una persona utilizó una visa temporal con el propósito principal de viajar a Estados Unidos para dar a luz.

Aunque ambas acciones pueden involucrar visas B1/B2, se trata de políticas y circunstancias migratorias diferentes.

Tener un hijo nacido en Estados Unidos no significa, por sí solo, que una persona forme parte de la nueva revisión relacionada con solicitudes de asilo.

¿Qué deben saber los usuarios de los puentes internacionales?

Para quienes cruzan habitualmente entre Ciudad Juárez y El Paso, los puntos más importantes son:

  • No se ha anunciado una cancelación general de visas B1/B2.
  • La cifra de hasta 200,000 visas no debe interpretarse como 200,000 cancelaciones ya realizadas.
  • La revisión se relaciona específicamente con personas que ingresaron como visitantes temporales y posteriormente solicitaron asilo.
  • Una visa vigente no garantiza automáticamente la admisión a Estados Unidos; CBP determina la entrada en el puerto fronterizo.
  • La revisión por solicitudes de asilo es diferente de las medidas contra el turismo de nacimiento.

CruceYa continuará dando seguimiento a cualquier modificación oficial que pueda afectar a los usuarios de los puentes internacionales entre México y Estados Unidos.

Última actualización: 28 de agosto de 2026.

Esta publicación tiene fines exclusivamente informativos y no constituye asesoría legal o migratoria. Las personas con situaciones migratorias particulares deben consultar información oficial de las autoridades estadounidenses o recibir asesoría profesional adecuada.

Fuentes

  • Departamento de Estado de Estados Unidos.
  • Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS).
  • U.S. Customs and Border Protection (CBP).
  • Información periodística de Associated Press sobre la revisión de visas B1/B2.

Visitor Visa – U.S. Department of State

About Visas – U.S. Department of State

Applying for Admission – U.S. Customs and Border Protection

I-94 Official Website – CBP

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